Para comprender un poco mejor los tipos de juicios, es necesario familiarizarse con el vocabulario, la estructura y los elementos de los juicios.
Existen tres elementos básicos en los diversos tipos de juicios. El primer elemento, es el sujeto; que es el concepto del cual se realiza una afirmación o se niega algo. En segundo lugar, se tiene la copula, que es el concepto que establece la relación del sujeto con el predicado; la cual es una relación que se origina mediante una afirmación o una negación. Por último, pero no menos importante, se tiene el predicado, que es la idea constituida por lo que se afirma del sujeto.
Existe una clasificación bastante simple que deriva de manera natural de la propia estructura del juicio en sí mismo; dado que es aquella que analiza éste en los tres elementos definidos anteriormente; es decir, el sujeto, la cópula y el predicado.
En base a lo anteriormente descrito, en cuanto a su parte ontológica se refiere, es decir, su tipo de vinculación a la realidad, se clasifica en los siguientes tipos de juicios.
Contenidos
Por su cantidad o extensión
En lo que se refiere a la extensión del sujeto, un juicio puede ser universal, particular o singular.
Universales
El concepto abarca todos los conceptos. Se caracteriza por manifestar la presencia, de forma expresa o tácita, de lo que serían los cuantificadores todos o ninguno. Por ejemplo, se tienen los siguientes juicios: Todos los hombres son mortales. Ningún ave es mamífera.
Particulares
El concepto aborda solo una parte de una clase de objetos. Estos se pueden representar a través de los cuantificadores “algunos sí” y “algunos no”. Como ejemplo de esto, se tiene: Algunos hombres sí lloran. Algunos hombres no son abogados.
Singulares
En los juicios singulares, solo existe un único sujeto; es decir, el concepto abarca solo un objeto o individuo. Un ejemplo de objeto singular, sería: El Dalai Lama es el líder espiritual del budismo. Trump es el presidente de los Estados Unidos.
Por su cualidad
El juicio inmediato es el juicio del sujeto definido. El sujeto está investido de una universalidad tanto como su predicado, que es una cualidad inmediata, y por lo tanto sensible. Los juicios pueden ser de dos tipos. En un juicio positivo, el individuo es un particular. Pero en el juicio negativo, el individuo no es un particular; o en un lenguaje más preciso, tal cualidad no es congruente con la naturaleza concreta del sujeto.
Uno de los supuestos fundamentales de la lógica dogmática es que los juicios cualitativos como “La rosa es roja” o “no es roja” pueden contener la verdad. Puede ser correcto, es decir, en el círculo limitado de la percepción, de la concepción finita y del pensamiento; el cual depende del contenido, que también es finito y, por sus propios méritos, falso.
La verdad, sin embargo, en oposición a la corrección, depende únicamente de la forma; es decir, en la noción como se visualiza y la realidad que le corresponde. Pero la veracidad de esta premisa no se encuentra en el juicio cualitativo. Según su cualidad, los tipos de juicios pueden ser
Afirmativos
Hay coincidencia entre el sujeto y el predicado.
Negativos
No hay coincidencia entre el sujeto y el predicado.
En otras palabras, la segmentación de los juicios en afirmativos y negativos se manifiesta como completa; puesto que es imposible la existencia de un medio entre el sí y el no.
En este sentido, el sujeto se puede encontrar dentro (juicio afirmativo) o fuera (juicio negativo) de la esfera del predicado. Por decirlo de otra manera, el juicio afirmativo establece que el predicado le corresponde al sujeto; mientras que el juicio negativo es todo lo contrario.
Por su relación
Es la forma de clasificar un juicio al vincular el predicado con el sujeto; con el objetivo de establecer el tipo de condiciones que los une, es decir, si la relación es incondicional, condicional o alternativa.
Entonces, de acuerdo a su relación con la realidad, los tipos de juicios se clasifican en categóricos, hipotéticos y disyuntivos.
Categóricos
Son aquellos en los que se afirma una premisa sin condiciones; es decir, se promulga una relación incondicional, sea de forma positiva o negativa. Un ejemplo categórico afirmativo sería: El gato es blanco. Un ejemplo categórico negativo, sería: El agua de mar no es dulce.
Hipotéticos
Estos tipos de juicios manifiestan una condición particular que define la relación entre el sujeto y el predicado. En otras palabras, en estos juicios se estima que dicha relación sujeto-predicado depende de una condición particular; es decir, “si tal cosa, entonces, tal otra”. Los juicios hipotéticos pueden ser afirmativos o negativos, dependiendo de la condición. Ejemplo hipotético positivo: Si tengo el dinero completo, te compro las entradas al cine. Ejemplo hipotético negativo: Si no llueve esta tarde, salimos a tomar un helado.
Disyuntivos
Se implica una relación excluyente entre los conceptos o tiene la capacidad de desunir o separar. Las proposiciones disyuntivas pueden ser contradictorias o contrarias.
Una proposición disyuntiva es contradictoria si el predicado tiene dos conceptos contradictorios; por lo cual, ambos son mutuamente excluyentes, lo cual hace imposible la existencia de una tercera posibilidad. Por ejemplo: El enjuiciado es culpable o no lo es.
Por otro lado, una proposición disyuntiva puede ser contraria cuando se encuentra compuesta por conceptos contrarios. Por ejemplo: La computadora está encendida o apagada. El pizarrón está limpio o sucio.
Explicándolo de otro modo, la relación de contradicción deja a un lado el ser, mientras que la contrariedad lo niega, instaurando un ser contrario. De este modo, lo contradictorio de blanco es no blanco; mientras que su contrario es negro.
Por su comprensión
De acuerdo a su grado de comprensión de la realidad, los tipos de juicios se clasifican en analíticos y sintéticos.
Analíticos
Los juicios analíticos son aquellos que se basan en una proposición cuyo concepto predicado se encuentra contenido en su concepto sujeto.
Sintéticos
Los juicios sintéticos son aquellos juicios que contienen una proposición cuyo concepto predicado no se encuentra comprendido dentro de su concepto sujeto.
Por su modalidad
De acuerdo al grado de utilidad ontológica que tenga el sujeto y el predicado, la modalidad de juicios puede ser probable, real, necesaria o imposible.
Problemáticos
Los juicios problemáticos, además de expresar posibilidad, afirman la relación del juicio; es decir, la verificación de este en el plano real es puramente posible. Ejemplo: Existe la posibilidad de que sea soleado mañana.
Asertóricos
La proposición asertorica es un tipo de juicio donde claman mostrar la realidad. Dicho de otro modo, en estos, los hechos se presentan como reales. Por ejemplo: El aceite es insoluble en el agua.
Apodícticos
Muestran una necesidad o algo que forzosamente debe de cumplirse. Estos manifiestan que el predicado concierne de forma necesaria o imposible al sujeto. Es por ello que los juicios apodícticos pueden ser necesarios o imposibles.
Los apodícticos necesarios son aquellos en los que el predicado corresponde necesariamente al sujeto y no puede ser de otra manera. Por ejemplo: Una parte de un objeto es más chica que su todo.
Los apodícticos imposibles son aquellos en los que, de ningún modo, el predicado no tiene forma de convenirle al sujeto. Un ejemplo sería: El círculo es triangular.